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Viñeta: Luis Davila, O Bichero |
Aún nos irrita más llamarles la atención y que te contesten con un "el mar es de todos", "siempre hemos cogido" o "sólo son cuatro almejas para una paella". Mientras los vemos escarbar agachados en la arena y llenando los bolsillos del bañador con algo más que cuatro almejas, pensamos en su inconsciencia. Inconscientes por confiar en el "buen estado saludable de las aguas" y llevarse a la boca un marisco sin depurar; inconscientes por no respetar el trabajo de los demás; inconscientes por no respetar un recurso natural.
No podemos dejar de sonreir maliciosamente desde nuestra toalla cuando llegan los agentes y llaman la atención a unos furtivos que se hacen los locos y se excusan con un "no sabía nada". "Oiga, que hay carteles y se lo acabo de decir yo", te dan ganas de gritar desde la toalla mientras deseas que al día siguiente no puedan venir a la playa porque estén más ocupados sufriendo las consecuencias de ese furtivismo inconsciente y fácilmente evitable.
En Andalucía, donde los mariscadores están atravesando un mal periodo por el cierre de los caladeros ante la presencia de toxina, se ha puesto en marcha una campaña bajo el lema "Si te llevas coquina, te llevas multa" y las sanciones oscilan desde los 300 a los 6.000 euros, así como "Disfruta de la playa sin mariscar, SOS coquina". Vamos, que le puede salir la paella, con sus cuatro almejas, más barata en el chiringuito a pie de playa.
Hemos de recordar que las zonas de marisqueo se clasifican en tres, según la calidad de las aguas. Así tenemos las Zonas de clase A, aquellas en las que se pueden recolectar moluscos bivalvos vivos para el consumo humano directo; las Zonas de clase B, aquellas en las que pueden recolectarse moluscos bivalvos vivos que únicamente pueden comercializarse para el consumo humano tras su tratamiento en un centro de depuración o su reinstalación, de modo que cumplan las normas sanitarias exigidas en las zonas de clase A; y las Zonas de clase C: aquellas en las que pueden recolectarse moluscos bivalvos vivos que únicamente pueden comercializarse para el consumo humano tras su reinstalación durante un período prolongado, de modo que cumplan las normas sanitarias exigidas en las zonas de clase A. Aquí os dejamos un enlace al último BOE donde se publica la clasificación de las zonas.
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